Masificación del seguro de vida ley representaría para las empresas menos del 1% de sus planillas

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El 30 de diciembre de 2019, se publicó el DU 044-2019, que establece la contratación del Seguro de Vida Ley a partir del primer día de iniciada la relación laboral

El pasado 30 de diciembre de 2019, se publicó el Decreto de Urgencia N° 044-2019, que establece, entre otras medidas, que las empresas en el país deberán contratar el Seguro de Vida Ley para sus trabajadores desde el primer día de iniciada la relación laboral y ya no a partir del cuarto año de labores. Cabe resaltar que esta modificación será obligatoria una vez promulgado el Decreto Supremo que dé inicio a su vigencia.

De acuerdo con La Positiva Seguros, para las empresas, el costo de la implementación de esta medida representará menos del 1% del valor de la planilla, permitiendo, por un costo mínimo, proteger a la totalidad de colaboradores y a sus familias, en caso de una situación de invalidez o fallecimiento. “Tomando en cuenta que actualmente los colaboradores que poseen más de 4 años de permanencia en una empresa ya cuentan con este seguro, la variación en costos será solo por aquellos trabajadores con menos de ese tiempo de permanencia”, sostuvo Víctor Lavalle, gerente adjunto de Riesgos Laborales y Prevención de La Positiva Seguros.

Cabe recordar que el Seguro Vida Ley, que puede ser contratado a cualquier aseguradora, brinda las siguientes indemnizaciones: en caso de muerte natural del colaborador, los beneficiaros reciben un total de 16 remuneraciones, y en caso de muerte accidental e invalidez total y permanente originada de un accidente de trabajo, se otorgan 32 remuneraciones.

Es importante señalar que este seguro tiene como beneficiarios a cónyuge e hijos sin importar edad y en ausencia de éstos, el beneficio sería para los padres y hermanos menores de edad.